lunes, 9 de diciembre de 2024

CONTRATO DE COMPROMISO DE NO USO DE VAPEADORES.

El objeto del presente contrato es establecer un compromiso entre ambas partes para el cumplimiento de la política interna del Bachillerato Matutino del Centro Escolar Presidente Gustavo Díaz Ordaz, que prohíbe el uso de vapeadores (cigarrillos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares) en las instalaciones del centro escolar y durante las actividades académicas o extracurriculares relacionadas con el mismo. CLÁUSULAS 1. Compromiso de no uso de vapeadores: El Alumno se compromete a no utilizar dispositivos de vapeo (vapeadores, cigarrillos electrónicos o cualquier otro dispositivo similar) dentro de las instalaciones del Centro Escolar, en actividades académicas, recreativas, deportivas o cualquier evento organizado por la institución. 2. Motivos del compromiso: El Alumno entiende que el uso de vapeadores puede tener graves efectos negativos para la salud, tanto para el usuario como para las personas a su alrededor, según lo indicado por autoridades sanitarias como la Organización Mundial de la Salud (OMS). El vapeo puede ocasionar: o Enfermedades respiratorias graves. o Daños al sistema cardiovascular. o Exposición a sustancias tóxicas como nicotina, formaldehído, y otras sustancias químicas. o Adicción a la nicotina, con consecuencias psicológicas y fisiológicas perjudiciales a largo plazo. Además, el uso de estos dispositivos va en contra de los valores de bienestar y salud promovidos por el Centro Escolar. 3. Consecuencias del incumplimiento: En caso de que el Alumno incumpla el compromiso de no usar vapeadores, el Centro Escolar aplicará las siguientes sanciones: o Primera infracción: Advertencia verbal y escrita. o Segunda infracción: Suspensión temporal de clases por un periodo determinado. o Tercera infracción: Suspensión definitiva del Centro Escolar, previa evaluación y consulta con los padres o tutores del Alumno. 4. Excepciones: Este compromiso no será aplicable en situaciones donde el Alumno presente una prescripción médica o una justificación válida, que deberá ser entregada y evaluada por la dirección del Centro Escolar. Cualquier excepción será tratada de manera confidencial y conforme a las políticas de salud de la institución. 5. Duración del compromiso: Este compromiso tendrá validez durante todo el ciclo escolar en curso, y será renovado al inicio de cada ciclo escolar, si así se requiere. En todo caso, el Alumno se compromete a cumplir con esta política mientras pertenezca al Centro Escolar Presidente Gustavo Díaz Ordaz. 6. Responsabilidad del Alumno: El Alumno asume la plena responsabilidad de sus actos relacionados con el uso de vapeadores y se compromete a seguir las políticas de la institución, así como a respetar los derechos de sus compañeros y docentes. El incumplimiento de este compromiso podrá afectar no solo al Alumno, sino también a la comunidad escolar en general. 7. Confidencialidad y respeto: Ambas partes se comprometen a tratar con respeto el presente compromiso. El Centro Escolar actuará con discreción al hacer cumplir este contrato, y en caso de ser necesario, se comunicarán los incidentes de forma privada con los padres o tutores del Alumno para una resolución conjunta. FIRMAS Para constancia de lo acordado, se firma el presente contrato en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada parte. Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 9 de diciembre de 2024. Mtra. Enedina Carrillo Oropeza. Mtra. Ivón Virginia Arroyo Castañeda. Firma de la Asesora del 3° “B” Docente de Investigación Aplicada. Nombre y firma del alumno. Nombre y firma del padre, madre o tutor.

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